Se retrasa la ley Verifactu pero aumenta el control de Hacienda sobre programas de facturación de las pymes

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Se retrasa la ley Verifactu pero aumenta el control de Hacienda sobre programas de facturación de las pymes

 

La entrada en vigor del Reglamento Verifactu o Reglamento de Programas de Facturación (RRSIF) del Ministerio de Hacienda se ha retrasado para autónomos y pymes, dejando un margen de un año para que los negocios puedan adaptarse a esta nueva regulación. 

Sin embargo, aunque la norma no entrará en vigor hasta 2027, este reglamento solo refuerza lo ya previsto en la Ley Antifraude, ya en marcha desde hace varios años. Al amparo de esta normativa, las actuaciones por parte de la Agencia Tributaria en el último año se han intensificado, con diferentes actuaciones para investigar el empleo de programas de contabilidad de doble uso y cuentas en B.

Como señala el informe de Principales Resultados de la Agencia Tributaria de 2024, este tipo de actuaciones, para analizar software de doble uso y descubrir rentas ocultas en la gestión de actividades económicas, se incrementó un 20% durante ese año.

  1. Las regularizaciones y sanciones por programas de facturación han ascendido a 140 millones de euros
  2. Hacienda persigue cada vez más los programas de facturación de "doble uso"
  3. Indicios que emplea la Agencia Tributaria para descubrir softwares ilegales
  4. Requisitos de la Ley Antifraude para programas de facturación

Las regularizaciones y sanciones por programas de facturación han ascendido a 140 millones de euros

El nuevo Reglamento de Programas de Facturación, que se ha retrasado, obliga a cumplir con una serie de requisitos que evitan la manipulación de las facturas para limitar el fraude y la existencia de contabilidades en B. 

Esta norma se deriva de la Ley Antifraude, que entró en vigor en el año 2021, y en la que demás se regula y prohíbe el uso de software o programas de facturación de doble uso. “Un programa de contabilidad de doble uso no es, ni más ni menos, que un programa de doble contabilidad”, señaló a este medio el secretario general de sindicatos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo. 

Como apunta el informe de Hacienda, con la participación de las Actuaciones de la Unidad de Auditoría Informática (UAI), se llevó a cabo la regularización de 140 millones de euros, procedente del descubrimiento de ventas ocultas más el importe de las sanciones derivadas correspondientes.

En la práctica, los programas pueden emplearse para llevar hasta tres contabilidades diferentes, con mecanismos que permiten llevar una contabilidad oficial de menor envergadura que las restantes. “Este tipo de programas ya no se pueden comercializar, pero ello no evita que se puedan continuar empleando indebidamente”. 

La vigilancia para evitar el funcionamiento de este tipo de programas se reforzará a un nivel más individualizado con la entrada en vigor de los nuevos programas de facturación (RRSIF) o normativa Verifactu, en 2027. 

Hacienda persigue cada vez más los programas de facturación de "doble uso"

Según detalló el secretario general de Gestha, en la práctica, la finalidad del empleo de este tipo de programas no se limita solo a la ocultación de ventas. También se usa  para conciliar las compras con las ventas para evitar que haya distorsiones que se puedan apreciar. 

Crecen un 20% las actuaciones de la Agencia Tributaria para comprobar software de doble uso
Crecen un 20% las actuaciones de la Agencia Tributaria para comprobar programas de contabilidad de doble uso.

“Es posible comprar y vender poco, o vender poco, en un sector con otro tipo de cifras. Estos programas van conciliando la cifra de ventas con la de compras para que, si se produce la eventual investigación, sea más difícil de describir. Hay ventas ocultas, que nacen de compras ocultas, y ese ciclo se retroalimenta. Y puede afectar a todo un sector o una cadena de producción, por ejemplo, aunque haya distintas sociedades, y éstas sean independientes”, añadió.

Cabe recordar que las sanciones para los fabricantes y comercializadores de este tipo de software alcanzan los 150.000 euros. En el caso de los usuarios o propietarios, se fijarán en 50.000 euros por año en que hayan contado con la tenencia de dichos programas una vez que entre en vigor la normativa de Verifactu para autónomos y pymes. 

Actualmente, el uso y tenencia de estos programas se sanciona por el artículo 191 de la Ley General Tributaria, incluyendo lo que se haya dejado de ingresar más la sanción correspondiente. 

Indicios que emplea la Agencia Tributaria para descubrir softwares ilegales

A partir de los pagos en metálico y de los pagos con tarjeta de documentos que permiten seguir una trazabilidad de las ventas y compras, Hacienda puede comenzar a indagar. “Normalmente, quien paga con tarjeta las operaciones, están declaradas. Pero también es posible pagar en metálico; por lo tanto, estas operaciones no aparecen. Si hay muy poco pago en metálico, puede llamar la atención”. 

Según detalló, las investigaciones preparatorias pueden dar lugar a que se inicie una investigación, que se halle una doble contabilidad y, a partir de ahí, analizar quiénes son los fabricantes del software de facturación utilizado. Con esta información, se puede saber qué otras empresas son clientes de estos programas y conocer qué empresas cumplen el mismo perfil que la que es fuente de la investigación. 

Requisitos de la Ley Antifraude para programas de facturación

La normativa antifraude establece que los programas deberán estar correctamente certificados, además de no haber sido alterados o modificados en los dispositivos. Estos tendrán que garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. 

No podrán permitir llevar contabilidades distintas de la regulada. Y, de manera más específica, tampoco no reflejar total o parcialmente las transacciones realizadas; registrar transacciones diferentes de las anotaciones realizadas o alterar operaciones ya registradas incumpliendo la normativa.

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