El Gobierno aprueba la ley que disparará los costes de los autónomos y pymes que contraten a un becario
- Los autónomos deberán compensar los gastos de sus becarios además de las cotizaciones
- Pymes y autónomos con becarios ya tienen que pagar una parte de sus cotizaciones
El Consejo de Ministros de este martes dio luz verde a la ley que obligará a los autónomos y empresas a asumir costes extra cuando contraten a un becario y aumentará el control de la Inspección sobre esta figura. El famoso Estatuto, que llevaba más de dos años en el cajón, ha dado el primer paso para su aprobación, pero todavía tendrá que superar el filtro parlamentario para su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El texto, recién aprobado en Consejo de Ministros, delimita por un lado "las actividades formativas y las estrictamente laborales. Y, por otro, "determina el régimen jurídico de las personas durante el tiempo que desarrollan esta actividad formativa en una empresa, institución u organismo público o privado".
Con estas medidas, el Gobierno buscaría regular de forma definitiva la figura del becario y garantizar que las prácticas tengan un verdadero valor formativo. Sin embargo, autónomos y pymes temen que los nuevos costes desincentiven la oferta de plazas, reduciendo las oportunidades de los estudiantes. A día de hoy, aparte de esta nueva ley, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz prepara, al menos, tres cambios normativos más que dispararán los costes de los autónomos con empleados. Prevé modificar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para que suba por ley y según la inflación -entre otras modificaciones-, aumentar las indemnizaciones por despido o aplicar el nuevo control horario digital para todas las empresas-
Los autónomos deberán compensar los gastos de sus becarios además de las cotizaciones
Con la aprobación en Consejo de Ministros del Estatuto del Becario, y de superar el texto el trámite parlamentario, los autónomos y pequeños negocios que cuenten con personal en prácticas en sus empresas tendrán que asumir nuevos costes. La normativa, que llevaba meses en tramitación, introduciría cambios relevantes tanto en materia de compensaciones como de control por parte de la Inspección de Trabajo.
Compensación obligatoria de gastos
En caso de que termine en vigor el estatuto, las empresas que acojan estudiantes en prácticas deberán compensar los gastos derivados de su actividad formativa, como los desplazamientos, el alojamiento o la manutención, siempre que el alumno no reciba una remuneración.
Además, el texto es claro: ninguna empresa podrá cobrar a un estudiante por realizar prácticas, una práctica excepcional, pero que ha llegado a producirse en algunos sectores.
Esta compensación se suma al coste de las cotizaciones a la Seguridad Social que los autónomos y negocios ya abonan desde el 1 de enero de 2024. Aunque estas cuotas están bonificadas en un 95%, suponen alrededor de 200 euros anuales por becario (o unos 130 euros en el caso de prácticas no remuneradas).
Los expertos apuntan que estos nuevos gastos se notarán especialmente en actividades como la hostelería y el turismo, donde en ocasiones los becarios se desplazan para realizar sus prácticas y las empresas suelen cubrir parte del alojamiento o las comidas.
Mayor control sobre los “falsos becarios”
Otro de los objetivos del Estatuto es reforzar la vigilancia sobre los llamados “falsos becarios”: estudiantes que, bajo la apariencia de una formación práctica, realizan en realidad las funciones propias de un empleado.
Para ello, el texto prevé campañas específicas de inspección y formación del personal inspector para distinguir entre una relación formativa y una laboral.
Asimismo, se establecen límites claros: las prácticas no podrán realizarse en horario nocturno ni a turnos, y las empresas con menos de 30 empleados solo podrán tener hasta tres becarios al mismo tiempo.
Durante su estancia, los estudiantes deberán tener acceso a los mismos servicios y espacios que el resto del personal, como zonas de descanso o comedores, para garantizar un entorno de aprendizaje equitativo.
Pymes y autónomos con becarios ya tienen que pagar una parte de sus cotizaciones
Al margen del Estatuto, el pasado 1 de enero de 2024 entró en vigor el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo que, entre otras medidas, establece un nuevo sistema de cotización para los becarios. Desde entonces, los estudiantes que realicen prácticas formativas en pequeños negocios, ya sean remuneradas o no, deben estar afiliados al sistema de la Seguridad Social.
El problema es que, como ya avanzó este diario , las universidades se han visto obligadas a pagar ellas mismas estas cotizaciones porque la mayoría de las empresas y organismos públicos, donde habitualmente los alumnos hacían prácticas, se han negado a pagar este sobrecoste de cotizaciones habida cuenta de que los becarios van únicamente a cubrir unos créditos universitarios y aprender como si fuera una asignatura más.
En ambos casos –que las prácticas sean o no remuneradas-, los autónomos y negocios que incorporen a un becario no estarán obligados a pagar la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que desde el pasado 1 de enero empleadores y asalariados deben asumir cada mes.
Además, a las cuotas por contingencias comunes se aplicará una reducción del 95%. Es decir, los autónomos y negocios que den de alta a alumnos en prácticas formativas sólo deberán asumir el 5% de su cotización. Dependiendo de si son o no remuneradas, las bases de cotización mensuales podrían variar, tal y como estableció el decreto ley.
En el caso de las prácticas formativas remuneradas, la base de cotización mensual aplicable a efectos de prestaciones será la base mínima de cotización vigente correspondiente al grupo de cotización 7, el de auxiliares administrativos. Es decir, unos 1.381 euros, el nuevo Salario Mínimo Interprofesional, en vigor desde el pasado 1 de enero.
Atendiendo a los tipos de cotización correspondientes, un autónomo que incorpore a un alumno en prácticas remuneradas debería pagar entorno al 24% de la base de cotización, unos 317 euros mensuales. Al contar con una reducción del 95%, los negocios deberán pagar alrededor de 16 euros al mes por cada becario remunerado. O, lo que es lo mismo, unos 192 euros anuales.
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